Guía para trabajadores

Derechos y deberes del trabajador en Panamá

El Código de Trabajo de Panamá (Decreto de Gabinete 252 de 1971 y sus reformas) y la Constitución reconocen a los trabajadores del sector privado un conjunto de derechos mínimos que ningún contrato puede reducir. Esta guía los explica en lenguaje sencillo. Los servidores públicos y los trabajadores del Canal de Panamá tienen regímenes propios; consulta a tu organización.

Tus derechos

Lo que la ley te garantiza

1

Jornada de trabajo

La jornada diurna no puede exceder 8 horas al día ni 48 a la semana; la mixta, 7 horas y media al día y 45 a la semana; la nocturna, 7 horas al día y 42 a la semana. Las horas extraordinarias se pagan con recargo, entre 25 % y 75 % según el turno.

2

Salario mínimo

Ningún trabajador puede recibir menos del salario mínimo fijado por decreto ejecutivo para su región y actividad. El salario se paga en dinero, completo y en la fecha convenida.

3

Décimo tercer mes

Es un derecho de todo trabajador, creado por el Decreto de Gabinete 221 de 1971: equivale a un día de salario por cada once días trabajados y se paga en tres partidas, el 15 de abril, el 15 de agosto y el 15 de diciembre.

4

Vacaciones

Treinta días de vacaciones pagadas por cada once meses continuos de trabajo. Las vacaciones no se pueden cambiar por dinero mientras dure la relación de trabajo.

5

Descanso semanal

Un día de descanso obligatorio y remunerado por semana, normalmente el domingo. El trabajo en día de descanso o feriado se paga con recargo.

6

Seguridad social

El empleador debe inscribir al trabajador en la Caja de Seguro Social dentro de los seis días hábiles siguientes a su ingreso, y descontar y pagar las cuotas. Cubre enfermedad, maternidad, riesgos profesionales, invalidez, vejez y muerte.

7

Maternidad

Licencia de maternidad de catorce semanas remuneradas: seis antes y ocho después del parto. Fuero de maternidad: durante el embarazo y hasta un año después de reincorporarte al trabajo solo puedes ser despedida por causa justificada y con autorización judicial previa. Si te despiden sin esa autorización, entrega el certificado médico de embarazo al empleador o a una autoridad de trabajo dentro de los veinte días siguientes y exige el reintegro.

8

Estabilidad y despido

En los contratos por tiempo indefinido, después de dos años de servicio continuo, el despido solo procede por causa justificada y comprobada; si no la hay, puedes pedir el reintegro o la indemnización ante la Junta de Conciliación y Decisión. Durante los dos primeros años, y en los casos que fija la ley, el empleador puede despedir sin causa, pero debe darte preaviso de treinta días o pagarlo, además de la indemnización.

9

Prima de antigüedad y cesantía

Al terminar un contrato indefinido, el trabajador recibe una prima de antigüedad equivalente a una semana de salario por cada año de servicio, respaldada por el fondo de cesantía.

10

Libertad sindical

Todo trabajador puede afiliarse al sindicato de su elección, participar en él y ser protegido por el fuero sindical si es dirigente o miembro de un sindicato en formación. Panamá ratificó los Convenios 87 y 98 de la OIT.

11

Negociación colectiva y huelga

Los trabajadores organizados tienen derecho a negociar una convención colectiva y, agotados los procedimientos legales, a ejercer el derecho de huelga.

12

Seguridad e higiene

Derecho a un lugar de trabajo seguro, equipo de protección adecuado y capacitación en riesgos. Los riesgos graves se reportan de inmediato al empleador y, si no se corrigen, a la Dirección de Inspección de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral.

Tus deberes

Lo que te corresponde cumplir

Los derechos se defienden mejor desde el cumplimiento.

Cumplir el contrato

Prestar el servicio con la intensidad, cuidado y esmero apropiados, en la forma, tiempo y lugar convenidos.

Seguir las instrucciones

Acatar las órdenes e instrucciones del empleador relativas al trabajo, de acuerdo con el contrato y siempre que sean lícitas y no pongan en riesgo la vida o la salud.

Cuidar los bienes

Conservar en buen estado las herramientas, materiales y equipos que se le entregan y devolverlos al terminar la relación.

Guardar reserva

No revelar secretos técnicos o comerciales de la empresa cuya divulgación cause perjuicio.

Prevención

Observar las medidas de seguridad e higiene, usar el equipo de protección y reportar los riesgos que detecte.

Respeto

Tratar con respeto a compañeros, superiores y público, y abstenerse de conductas de acoso, violencia o discriminación.

Orientación general basada en la legislación panameña vigente; no sustituye la asesoría legal. Ante un caso concreto acude a tu sindicato o federación; si está afiliada al CONATO, ella puede pedir la intervención de la Vicepresidencia de Defensa de los Trabajadores. También puedes acudir al Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL).